Archivo - Ciudad de la Justicia de Málaga, en una imagen de archivo | Europa Press - EUROPA PRESS - Archivo

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La Audiencia Provincial de Málaga ha absuelto a un joven de 22 años acusado de abusar de su novia, que tenía 15 años en el momento de los hechos, y con la que mantuvo relaciones consentidas; así como de amenazar de muerte al padre de ella.

Según ha quedado probado, en la sentencia a la que ha tenido acceso Europa Press, el acusado mantuvo una relación sentimental de ocho meses con la menor. Durante ese tiempo, residieron en casa de los padres de él y «mantuvieron relaciones sexuales en diversas ocasiones, siempre con el consentimiento» de ella.

La Fiscalía solicitaba para el joven una pena de once años de prisión y la prohibición de acercarse a la víctima o a su domicilio en un radio de 500 metros o comunicar con ella durante 12 años; al acusarlo de un delito de abuso sexual; pero el Tribunal lo ha absuelto.

Al respecto, en la resolución se explica que, aunque exista consentimiento expreso, el Código Penal considera que «los ataques sexuales contra menores de 16 años atentarán contra su indemnidad sexual» por «faltarles los resortes adecuados de la personalidad para comprender el significado de su comportamiento, por lo que en su caso no podrá hablarse con propiedad de libertad sexual».

En la sentencia, la Sala realiza un análisis de lo recogido en el artículo 183 quarte de dicho código, que establece que sí se podrá tratar de consentimiento libre «cuando el autor sea una persona próxima al menor por edad y grado de desarrollo o madurez». Asimismo, también se analiza la diferencia de edad y las características de desarrollo y madurez de los implicados en este caso.

Así, el Tribunal alude a «ese delicado punto de equilibrio entre la protección integral del menor de edad frente a cualquier abuso y el reconocimiento de su capacidad de determinación en la esfera sexual», estimando que el acusado, aun cuando ya era persona adulta, «no dejaba de ser un joven no muy distante de la menor en inquietudes, madurez y desarrollo».

Según declaró el acusado en el juicio, se trató de «una relación de noviazgo normal» y que «fue ella la que pidió mantener relaciones sexuales», siempre «consentidas y con normalidad». Se quedó embarazada, momento en el que él se enteró de que era menor, y a los tres meses abortó «por su cuenta».

En sus declaraciones, la menor aseguró que se conocieron en marzo de 2020 a través de redes sociales y que se fueron a vivir a casa de él, algo que sus padres conocían y que «no hubo ningún problema». Asimismo, admitió que al principio ella le dijo que era mayor de edad y cuando se quedó embarazada le confesó que en realidad tenía 15 años.

También declaró que decidió abortar «incluso en contra del acusado y sus padres, que sigue queriéndolo y que quiere seguir saliendo con él en cuanto se deje sin efecto la orden de alejamiento», ya que fue su madre y no ella quien denunció al acusado.

La Fiscalía también lo acusó por un delito de amenazas, por el que pidió nueve meses de prisión y la prohibición de aproximarse a ella en un radio de 500 metros o de comunicarse durante dos años; pero también se le absuelve de ello.

Así, la sentencia explica que fue la madre de ella la que denunció que el acusado dijo, a través de un audio enviado a una amiga de la menor, que «a su padre lo voy a hacer cachos y lo voy a matar delante de ella». Así, lo denunció «porque hubo una pelea con su marido» a raíz del aborto «y por las amenazas».

No obstante, la amiga de la menor no compareció, renunciando de este modo a su testimonio, «por lo que no se ratificó el mensaje que recibió». Igualmente, las amenazas no irían dirigidas a la menor o a su madre, «sino claramente hacia su padre, sin que conste que haya reclamado y sin que haya declarado en juicio como perjudicado»; por lo que también le absuelve del delito de amenazas.