Archivo - Encendido del Árbol de Navidad digital más alto, 40 metros, de Europa, a 6 de diciembre de 2021 en Sevilla (Andalucía, España) | Joaquin Corchero - Europa Press

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La Junta de Andalucía quiere limitar las fechas en que los ayuntamientos puedan encender el alumbrado navideño «ajustando el número de días a la duración de la festividad», para lo que propone con carácter general «minimizar el periodo de encendido que exceda de la franja comprendida entre el 22 de diciembre y el 6 de enero» y plantea que «en ningún caso se encenderá antes del 8 de diciembre».

Estos plazos figuran en un proyecto de decreto para regular la protección frente a la contaminación lumínica en Andalucía que tramita la Consejería de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul y que ya fue sometido a información pública tras el inicio de su tramitación en Consejo de Gobierno en el tramo final de la anterior legislatura.

El texto del proyecto del decreto, consultado por Europa Press, establece con carácter general que «el alumbrado festivo y navideño será regulado por los ayuntamientos en sus ordenanzas municipales mediante un régimen de alumbrado propio que minimice la contaminación lumínica y el consumo energético».

Junto a ello, la Junta plantea que este tipo de alumbrado "se apagará en horario nocturno excepto en los días
específicos establecidos por cada ayuntamiento«, a los que pide »ajustar el número de días de encendido a la duración de la festividad".

En el caso de alumbrado navideño, el proyecto de decreto, accesible en el portal de transparencia de la Junta de Andalucía, propone en este sentido «minimizar el periodo de encendido que exceda de la franja comprendida entre el 22 de diciembre y el 6 de enero y, en ningún caso, se encenderá antes del 8 de diciembre».

"mínimo tiempo posible en horario de noche"

Igualmente, la Junta determina que "los ayuntamientos deben velar para que la iluminación que establezcan en los periodos especiales minimice la contaminación lumínica, optimice el consumo energético y funcione el mínimo
tiempo posible en horario de noche".

El proyecto de decreto también aborda otros aspectos como la iluminación de playas y costas, para las que establece «con carácter general» que «solo podrán ser iluminadas para el desarrollo de actividades autorizadas por las administraciones públicas competentes cuando estén integradas física y funcionalmente en los núcleos de población».