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La Fiscalía reclamó ayer en el Tribunal Supremo que eleve las condenas al ex alcalde de Llucmajor, Lluc Tomàs; al ex concejal de la Agrupación Social Independiente (ASI), Joaquín Rabasco, y su colaboradora, María Aldao, al pedir que se incluyan en la sentencia de la Audiencia de Palma los delitos de negociación prohibida a funcionarios, fraude a la Administración y prevaricación, lo que podría incluso doblar sus castigos carcelarios.

En sentido contrario, los defensores de los condenados reclamaron su absolución al considerar que el fallo de los magistrados de instancia ha vulnerado la tutela judicial efectiva de sus patrocinados al no tomar en cuenta pruebas y testimonios que muestran su inocencia.

La acusación y los defensores comparecieron ayer en vista pública de recurso de casación ante la sala segunda de lo Penal del Supremo, formada por los magistrados Joaquín Giménez; Julián Sánchez; José Manuel Maza; Alberto Barreiro y Diego Ramos.

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El respresentante fiscal, Fidel Cadena, no precisó el incremento de años que supondría sumados a los tres años de prisión e inhabilitación absoluta para el desempeño de un cargo público por un periodo de ocho años ya establecidos por la Audiencia Provincial, si bien se podría hablar de tres años más según fuentes judiciales consultadas por este diario.

La sentencia emitida en noviembre de 2008 por la sección segunda de la Audiencia de Palma condenó a Joaquín Rabasco a 6 años de cárcel y 8 de inhabilitación para cargo público; al entonces alcalde llucmajorer, Lluc Tomàs, a 3 años de cárcel y 8 de inhabilitación, y a María Aldao a 3 años de privación de libertad y 6 de inhabilitación, en los tres casos por malversación de caudales públicos del Ajuntament de Llucmajor, y en contra del concejal y su colaboradora, además, por el delito inmediato de alzamiento de bienes.

El fallo se fundamentó en que Rabasco, con la ayuda de Aldao, creó un entramado de sociedades para aprovecharse de su condición de concejal y contratar ventajosamente con el Ajuntament para beneficio propio y perjuicio para la Corporación. Cuatro sociedades habrían facturado como mínimo 681.450 euros, vulnerarando el principio de competencia con otras entidades para ser la receptoras únicas de varias adjudicaciones de servicios.