POLÍTICA DEPORTIVA

El Tribunal de l'Esport tumba nuevas «irregularidades» en las elecciones de la Federación de Montañismo

Obliga a admitir varias candidaturas a asambleístas que fueron rechazadas en su día por dos empleados de la territorial

Imagen del Velódrom Illes Balears, donde se ubica la FBME

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La polémica en torno a las elecciones en la Federación Balear de Montañismo y Escalada (FBME) sigue dando forma a diferentes episodios que se reflejan en trabajo para el Tribunal de l'Esport de les Illes Balears, que ha tumbado nuevas irregularidades en un proceso que se espera pueda llegar a buen puerto pasado el verano, siendo de las últimas territoriales en hacerlo dentro de un proceso que lleva más de un año en marcha.

Y es que hasta cinco personas presentaron una reclamación y sendos escritos denunciando que, habiendo encomendado a otro candidato a asambleísta la presentación de sus respectivas candidaturas a la Asamblea General de la FBME, en la sede de la territorial y el pasado 12 de mayo, no se les permitió hacerlo por parte del personal administrativo de la entidad, alegando que debían hacerlo presencialmente los mismos interesados.

Los recurrentes, como integrantes de la FBME y candidatos a asambleístas, presentaron diferentes escritos en los que señalan «irregularidades en el procedimiento de presentación de candidaturas» que les excluyeron del proceso electoral. El fallo del Tribunal de l'Esport de les Illes Balears explica que «en las actas remitidas por la Junta Electoral de la FBME no consta ningún acuerdo sobre determinación de horarios y condiciones para la presentación de candidaturas, estableciendo que hayan de hacerse por el propio interesado o por terceros con autorización según modelo». De la misma manera, no consta «acuerdo alguno de la Junta Electoral de la FBME en el que se haya establecido o regulado la forma y horario de presentación de candidaturas».

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Contundencia

En un extracto del fallo, asegura el Tribunal que «no es admisible el actuar de los dos empleados de la Federación, denegando el hecho mismo de la presentación de la documentación a quien decía hacerlo en nombre de terceros». Y recalca que «el haberse privado a los impugnantes de su derecho a presentar y registrar sus candidaturas y avales a la asamblea de la Federación vulnera su derecho de sufragio pasivo». Además, hace incidencia en el hecho de que «quienes deciden inadmitir la candidatura son los dos empleados de la Federación, no la Junta Electoral», siendo la competencia exclusiva de esta última.

Por ello, el Tribunal de l'Esport de les Illes Balears considera que se debe reparar el perjuicio causado permitiéndoles presentar sus candidaturas en los plazos y forma que acuerde la Junta Electoral y con la debida publicidad para los interesados, no siendo preciso anular el resto del proceso, teniendo en cuenta que otros candidatos ya han formalizado su documentación.

Así, se estima la reclamación de los candidatos a la Asamblea de la FBME, instando a la Junta Electoral a tomar los acuerdo que considere oportunos al tal efecto, notificándoles el fallo a todas las partes implicadas, siendo el recurso contencioso administrativo la única alternativa posible.