TW
0

El Tribunal de Arbitraje Deportivo (TAS) rechazó el recurso del ciclista Alejandro Valverde contra la inhabilitación durante dos años que le impuso el Comité Olímpico Italiano (CONI) por su implicación en la Operación Puerto al entender que este organismo tiene jurisdicción y evidencias para hacerlo. El TAS confirma en su fallo que la sanción es proporcional a la violación de la normativa del CONI cometida por Valverde, que no podrá participar en ninguna competición deportiva que se celebre en suelo italiano hasta el 10 de mayo de 2011. El panel del TAS que estudió el recurso en enero considera que el CONI tiene jurisdicción para imponer la sanción a Valverde y que «las evidencias analizadas por las autoridades judiciales y utilizadas en el procedimiento del CONI no son sólo admisibles sino también relevantes» para la decisión que tomó el tribunal antidopaje del organismo italiano.
Competencias
El TAS recuerda que el 11 de mayo de 2009 el CONI suspendió a Valverde durante dos años para participar en competiciones organizadas en Italia, en base a evidencias encontradas por las autoridades judiciales italianas. «En particular se estableció que una muestra de sangre del atleta obtenida el 21 de julio de 2008 en un control antidopaje organizado por el CONI con ocasión de una etapa del Tour 2008 (en Chiusa di Pesio) tenía el mismo ADN que la muestra sanguínea de una bolsa requisada por la Guardia Civil al doctor Fuentes en la Operación Puerto», señala el TAS.
La Unión Ciclista Internacional (UCI) acogió favorablemente la decisión del TAS de mantener la sanción de dos años a Valverde en suelo italiano e insistió en su pretensión de que el castigo se aplique a nivel internacional. «La UCI ha acogido favorablemente la decisión del TAS que confirma las convicciones que se había formado en función del estudio del informe de la 'operación Puerto' y la implicación de Valverde», señala la UCI. El organismo expresa «como consecuencia de esto su determinación a presentarse después de los estudios del TAS en los procedimientos adecuados para llegar a una suspensión aplicable a nivel internacional».