Pau Rigo volvería a sentarse en el banquillo de los acusados por los mismos hechos.

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El TSJIB ordena repetir entero el juicio a Pau Rigo por el crimen de Porreres. La sentencia del tribunal acepta el recurso de la Fiscalía y anula la absolución del jubilado que mató de un disparo a uno de los ladrones que entró a su vivienda en diciembre de 2017. La resolución no deja de ser un paso más en todo el embrollo procesal que sigue a que el jurado declarara culpable a Rigo con una mayoría insuficiente y que ese veredicto fuera aceptado.

La Sala de lo Civil y Penal considera que el hecho de que el veredicto no fuera devuelto a los miembros del jurado por ese defecto en la mayoría es la que provoca que todo sea nulo y haya que repetir el juicio: «Lo determinante es que, aunque el jurado no llegó a declarar culpable de homicidio justificado al señor Rigo, tampoco lo declaró no culpable. De ello se deduce que no existió veredicto válido», señalan. Las incongruencias en las mayorías en los votos de de las diferentes opciones hacía, según la sentencia que la devolución del veredicto para subsanar las deficiencias era algo imprescindible «ante la crisis decisoria surgida».

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Como no hubo veredicto válido «ni a favor ni en contra» y «existía una patente contradicción», aunque ninguna de las partes alegara nada en ese momento, la sentencia concluye que hay que admitir la nulidad. «No puede negarse que en la obtención de un veredicto inválido influyó decisivamente la actuación de las partes y el Ministerio Fiscal», recuerda el fallo. Sin embargo, señala que el Tribunal Constitucional ha resuelto en casos similares que, aún en caso de negligencia de la parte, existe un daño a un derecho fundamental por la actuación del magistrado, «en la medida en que al juzgador le corresponde el control del procedimiento y el error judicial resultaba evidente y esencial». «Es innegable que la magistrada tendría que haberse dado cuenta y a las acusaciones no les era exigible denunciar la irregularidad».

El TSJIB considera que la magistrada actuó con acierto al intentar remediarlo declarando ella la nulidad de forma inmediata. También apunta a que tiene que ser todo el juicio el que se repita, lo que incluye también a los acusados por el robo en la vivienda, entre ellos el hermano del fallecido.