El auto de archivo, de fecha 17 de febrero y consultado por Europa Press, se produce después de que la Fiscalía italiana archivara, en marzo de 2019, estas denuncias, y afecta tanto a las que presentó la madre de la localidad granadina de Maracena en Italia, como en España y que fueron derivadas posteriormente al país alpino.
La juez, según ha adelantado este martes el diario El Mundo, alude a las denuncias «inverosímiles» e «inconsistentes» de Rivas, así como a la ausencia de «pruebas», así como a la «manipulación» de los dos hijos menores contra el padre.
La justicia italiana había unificado en un solo procedimiento las distintas denuncias que Rivas interpuso contra su expareja desde 2016 hasta finales de 2018 y el archivo de la Fiscalía había sido recurrido por su defensa.
Entre las denuncias que analizó la Fiscalía italiana se encuentra la que Juana Rivas interpuso en julio de 2016 en España aludiendo a unos supuestos malos tratos sufridos por parte de su expareja durante su convivencia en Carloforte (Italia) a partir de junio de 2013 hasta que salió con los niños de ese país en mayo de 2016.
Por otro lado, en octubre de 2019, el Tribunal de Menores de Cagliari se declaró «incompetente» para tomar las medidas solicitadas por Juana Rivas por supuesto maltrato a sus hijos, aludiendo a que tenía recurrida en una jurisdicción superior de la vía civil la guarda y custodia de los niños, que tiene su padre, Francesco Arcuri.
La mediadora nombrada por el Tribunal de Menores había incidido en la necesidad de que Rivas recibiera el «tratamiento» que se estipulaba en la sentencia que dio la custodia exclusiva a Arcuri y que apuntaba a un «funcionamiento psíquico gravemente patológico, asociado a una desorganización mental».
Asimismo, en España, y en un auto del pasado 7 de diciembre del Juzgado de Instrucción número 9 de Granada, al que ha tenido acceso Europa Press, la magistrada declaró el sobreseimiento también de una denuncia de Rivas a Arcuri por supuestamente aportar a las autoridades españolas «documentos falsos en los que se decía que los menores tenían la nacionalidad italiana», cuando son españoles de nacimiento.
Lo había presentado, alude el auto, el Abogado del Estado Español a requerimiento del Estado Italiano, y no Arcuri, conforme al Convenio de La Haya, aplicable al caso. «En ningún momento se ha discutido ni negado que los niños nacieran en España y sean españoles, lo que sucede es que tienen su residencia en Italia y son también italianos al ser hijos de padre italiano», agrega.
También en España, Rivas está presente de que el Tribunal Supremo resuelva el recurso presentado por su defensa sobre la sentencia que la condena a cinco años de prisión por dos delitos de sustracción de menores.
A este respecto, la Fiscalía ha apoyado revocar la sentencia en tanto en cuanto pide que se le condene como autora de un único de delito, lo que rebajaría la pena de cárcel a la mitad, después de que en verano de 2017 permaneciera un mes en paradero desconocido con sus dos hijos.
En el escrito remitido a la Sala Segunda del Tribunal Supremo, la Fiscalía respaldó una de las argumentaciones que hizo la defensa de Rivas, que pidió en su recurso que se apreciara un único delito de sustracción de menores y no dos, con independencia de los hijos afectados. Con ello la pena de cárcel que ratificó la Audiencia de Granada se rebajaría de cinco a dos años y seis meses.
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