«El acuerdo de la JEC del 3 de enero de 2020 incurrió en vicio de nulidad de pleno derecho», zanjan en el documento, que destaca que las competencias de la JEC lo son en relación a los procesos electorales en curso y hasta que concluyen.
Por eso, consideran que no es posible una declaración de «inelegibilidad sobrevenida» ni tampoco es posible atribuirle a la JEC competencias implícitas para declarar situaciones de incompatibilidad, en la medida que integran el estatuto de los cargos públicos y el ordenamiento reserva esta decisión a los órganos o instituciones de que forman parte, añade el texto publicado por 'El Periódico'.
Los letrados recuerdan que el Estatut y la Ley de Presidencia de la Generalitat y del Govern, establecen como causa de cese en el cargo de presidente de la Generalitat la condena penal firme que comporte la inhabilitación y, por otra parte, el Reglamento del Parlament incluye entre las causas de pérdida de la condición de diputado, la condena a una pena de inhabilitación por una «sentencia judicial firme», algo que todavía no ha ocurrido ya que la JEC se ha adelantado al Tribunal Supremo, que todavía no ha dictado dicha sentencia.
«Hay que tener presente que, hasta el momento, el Tribunal Supremo no se ha pronunciado de manera definitiva sobre el acuerdo de la JEC ni sobre las medidas cautelares de suspensión solicitadas por el presidente de la Generalitat», subrayan y recuerdan que el Supremo ha seguido tramitando el incidente de suspensión, por lo que concluyen que la solicitud de medidas cautelares se encuentra en curso.
El texto destaca que el acuerdo de la JEC del 3 de enero «puede lesionar el derecho fundamental de participación política del diputado Joaquim Torra al afectar a su derecho a mantenerse en el cargo y a poder ejercerlo en condiciones de igualdad, que se ve igualmente afectado al apartarse de los criterios aplicados anteriormente por la administración electoral», e insiste en que esas infracciones constituyen el vicio de nulidad de pleno derecho .
Tras la decisión de la JEC, el 10 de enero la Junta Electoral Provincial (JEP) de Barcelona declaró vacante el escaño del presidente, y los letrados consideran que existen «dudas fundamentadas sobre su ejecutividad» hasta que no se resuelva el recurso de protección de derechos fundamentales interpuesto por la Generalitat.
El informe se debatirá en la Mesa del Parlament que se ha reunido este martes en la Cámara y que deberá decidir qué sucede con Torra de cara al pleno de la semana que viene, pero el presidente del Parlament, Roger Torrent, ya ha dejado claro que considera que la JEC «no puede inhabilitar a un diputado y menos al presidente de la Generalitat».
Además, los letrados recogen en su documento que hay «elementos suficientes a partir de una interpretación sistemática de las normas que regulan la institución de la Presidencia, como de naturaleza lógica y gramatical», para considerar que el eventual cese en el cargo de diputado por causa de incompatibilidad no afectaría a su continuidad en el cargo de presidente.
Los letrados toman la literalidad de la Ley de Presidencia que expone que hay que ser diputado para se escogido presidente, y abren una ventana de posibilidad a la lectura que también hacen algunos miembros del Govern sobre que Torra ya es presidente y, al no tener que ser escogido, retirarle el acta de diputado no afectaría a su condición de presidente.
13 comentarios
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Los españoles estamos haciendo continuamente el ridículo.
Estaría mejor de presidente de Sierra Leona
A ver JL ¿de verdad que quieres decirnos que los catalanes necesitan a España para financiarse? ¿Acaso a estas alturas no sabes todavía que es al revés? ¿Has hecho alguna consulta con tus jefes de Madrid al respecto? Porque no creo que estén muy contentos si tú los echas ...
"soberaníaLa reside en el pueblo español..." Art.1 Constitución. Esos políticos presos representan esa soberanía del pueblo. El "trifachito", los jueces del Constitucional que votaron contra "l'estatut", Llarena, Lamela y los del TS han obviado este detalle para imponer un criterio arcaico. Estos jueces, han sometido la SOBERANÍA DEL PUEBLO con "interpretaciones" torticeras, contra la voluntad del pueblo. Voluntad refrendada por el Parlament catalán y/o Congreso Diputados español. En Dinamarca o Gran Bretaña, esos funcionarios, habrían dimitido. Aquí, tendrían que ser inhabilitados por posible PREVARICACIÓN. Es simple y fácil: Libertad y Democracia.
comienza el espectáculo! Tomen asiento, señores.
Los jueces y fiscales son todos puestos por el PP y hacen lo que no pueden hacer y se saltan los límites de sus competencias con unaagilidad ímpica. Pueden ir con mucho cuidado, porque con la millonada que España le debe a Europa, la forma corrupta como se reparten las ayudas europeas y el caso omiso que hacen los jueces ezpañoles a los tribunales europeos, que son instancia superior a la suya, mucho me temo que acabemos todos expulsados de Europa por culpa del facherío. Luego todo el mundo se querrá independizar con Cataluña por no morir de hambre o acabar en la hoguera inquisitorial española.
Pepita no digui doiots, en algunes ocasions els lletrats varen dictaminar a favor de na Barby Montapollos, ara diven que es Partamentari i es el President, simplement perque es lo que marquen les lleis de Catlunya, si no s'asombri ilustre jurista tambe les lleis de Espanya, i el Reglament del Pralament. La diferencia es que després voten els diputats i aposta la pobreta Montapollos escainava dia si i tambe, inclús quant els lletrats li donaven la rao. Es veu que de lleis va ben sobrada i de democràcia jo diria que per l'estil
Toma ya.... las justicia española para los catalanes no pinta nada, se hará en España lo que digan los independentistas que para eso son socios del PSOE.
Que cansinos son, que les quiten el trozo de la frontera con Francia y los manden ya a freír espárragos, pero que se financien ellos solitos todo... Au!!
Lo mejor de estas noticias, es el bilis que voy encontrando por la calle. AJAJAJAJAJAJA