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El Tribunal de Cuentas ha eximido al ex director general de Trabajo y Seguridad Social Francisco Javier Guerrero, en su condición de responsable contable directo, a devolver 215.384,19 euros de una ayudas de los ERE por estar prescrita.

En la sentencia, fechada el 26 de junio y a la que ha tenido acceso Europa Press, se señala que Guerrero sería responsable, en concurso con Explotaciones de Aroche, la entidad beneficiada con esas ayuda, de la devolución de 215.384,19 euros por una ayuda destinada a la financiación de Planes de Viabilidad para la referida entidad. Igualmente, considera responsable contable de manera subsidiaria al administrador de esa entidad, J.M.C.R., quien está en situación procesal de rebeldía.

De esta manera, el Tribunal de Cuentas ha desestimado la demanda interpuestas por la Junta de Andalucía en referencia a ese caso, a la que se adhirió el Ministerio Fiscal, al entender que, en ambas, el plazo de prescripción de cinco años previsto en el ámbito de la responsabilidad contable «ya había transcurrido».

En concreto, la Sala considera como probado que en agosto de 2002 se suscribió un convenio de colaboración entre la Dirección General de Trabajo y Seguridad Social de la Junta y el Instituto de Fomento de Andalucía por el que se encomendaba a éste la gestión del otorgamiento de ayudas a Explotaciones Aroche por la cantidad de 300.000 euros, para ello, el Instituto de Fomento debía formalizar dicha ayuda mediante un préstamo con un plazo de amortización de siete años y un periodo de carencia de dos previéndose como garantías las propias de la sociedad y el aval personal de los partícipes.

Así, la Sala apunta que, a tenor de ello, la Consejería de Empleo y Desarrollo Tecnológico transferiría al Instituto de Fomento las cantidades desembolsadas como consecuencia del cumplimiento de la encomienda recibida con cargo a la aplicación presupuestaria 31.L --la partida conocida como 'fondo de reptiles--.

De ese modo, Guerrero certificó que se habían cumplido «la totalidad de condiciones» establecidas en relación al convenio anteriormente expuesto por lo que el Instituto de Fomento dictó resolución concediendo un préstamo a Explotaciones Aroche por importe de 300.000 euros debiéndose establecer como garantía el aval solidario de J.M.C.R. consistente en una segunda hipoteca sobre dos fincas de las localidades onubenses de Aracena y Ayamonte.

Posteriormente, se firmó la póliza de préstamo por esa cantidad de300.000 euros en la que J.M.C.R. se constituyó en fiador solidario de la prestataria y se hizo entrega del dinero mediante dos cheques por importes, respectivamente, de 298.500 euros y 1.500 euros, formalizándose, además, escritura de hipoteca sobre las dos fincas para cubrir el importe total del principal, intereses, intereses de demora, costas y gastos.

El tribunal añade que dos años más tarde, en julio de 2004, la empresa Explotaciones Aroche pagó a la Agencia de Innovación y Desarrollo de Andalucía (IDEA) 91.283,91 euros en concepto de principal, intereses y demora, constando en el certificado de la Secretaría General de la Agencia IDEA, que la deuda pendiente a septiembre de 2006 ascendía 259.279,54 euros.

Ante esta situación, en febrero de 2007 la Agencia IDEA formuló ante el Juzgado de Primera Instancia de Aracena una demanda ejecutiva de procedimiento para exigir el pago de deudas garantizadas con hipoteca en reclamación de 225.000 euros.