El Gobierno central ha incluido esta zona alavesa en las ayudas aprobadas a las comunidades autónomas que desde el pasado 12 de junio han sufrido en total 119 incendios forestales.
Se ha incluido a Andalucía, Aragón, Illes Balears, Canarias, Castilla y León, Castilla-La Mancha, Cataluña, Valencia, Extremadura, Galicia, Madrid, Región de Murcia, Comunidad Foral de Navarra, País Vasco y La Rioja.
En todos los casos, los incendios alcanzaron tal gravedad que las comunidades autónomas afectadas se vieron obligadas a activar sus respectivos planes de protección en una situación operativa de niveles 1 o 2, tal y como establece el Plan Estatal General de Emergencias (PLEGEM). Este año se han visto afectadas por incendios más de 200.000 hectáreas frente a las 50.000 del año pasado.
Según datos de la Diputación Foral de Álava, en el caso de Zambrana, el incendio afectó a un total de 170 hectáreas de zona de monte, fundamentalmente monte bajo, y 20 hectáreas de superficie de cultivo, que ya se encontraba cosechado en el momento de iniciarse el fuego.
Ayudas directas
Las medidas de recuperación previstas en el acuerdo aprobado este martes, y cuya ejecución corresponde al Ministerio del Interior, contemplan ayudas por fallecimiento o por incapacidad absoluta y permanente, por valor de 18.000 euros; por destrucción total de la vivienda habitual hasta una cuantía máxima de 15.120 euros, por daños que afecten a la estructura de la vivienda habitual, hasta el 50 por ciento de su valoración técnica y con un límite de 10.320 euros, o por daños que no afecten a la estructura de la vivienda habitual, hasta el 50 por ciento de su valoración técnica y con un límite de 5.160 euros.
También se incluyen entre estas las ayudas por destrucción o daños en los enseres domésticos de primera necesidad de la vivienda habitual, para su reposición o reparación, con un límite de 2.580 euros, así como por daños en elementos comunes de uso general de una comunidad de propietarios en régimen de propiedad horizontal, hasta el 50 por ciento de la valoración técnica efectuada por el Consorcio de Compensación de Seguros y con un límite de 9.224 euros.
Se incluyen ayudas a personas físicas o jurídicas que hayan realizado prestaciones personales y de bienes, y a los titulares de establecimientos industriales, mercantiles y de servicios, hasta 9.224 euros.
El acuerdo prevé la posibilidad de que se apruebe una exención de las tasas del Organismo Autónomo Jefatura Central de Tráfico para duplicados de permisos de circulación o conducción, así como bajas de vehículos siniestrados.
Además, contempla la adopción de otras medidas de ayuda, condicionadas a lo que establezcan las órdenes ministeriales dictadas por cada uno de los diferentes departamentos competentes para desarrollarlas.
Así, los distintos ministerios podrán declarar determinadas zonas de actuación especial, así como la emergencia de las obras necesarias para reparar los daños causados por cualquiera de estos siniestros en infraestructuras de titularidad estatal comprendidas en su ámbito de competencias.
Daños en explotaciones
Se prevé la concesión de ayudas por daños en producciones agrícolas, ganaderas, forestales y de acuicultura marina. En cuanto a beneficios fiscales, el Ministerio de Hacienda y Función Pública concretará la exención en la cuota del Impuesto sobre Bienes Inmuebles y la reducción en la cuota del Impuesto sobre Actividades Económicas que corresponden a los receptores de estas ayudas, que como es habitual estarán exentas del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas las ayudas por daños personales.
Asimismo, los ministerios de Trabajo y Economía Social y de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones podrán desarrollar medidas laborales y de Seguridad Social como bonificaciones y exenciones de cuotas de Seguridad Social.
Las entidades locales recibirán ayudas, por un importe de hasta el 50 por ciento, a los proyectos que ejecuten para reparar infraestructuras, instalaciones y equipamientos municipales, según ha detallado el Ministerio del Interior en un comunicado.
Una vez que se elabore un informe detallado sobre los daños causados por estos incendios forestales y se disponga de una valoración técnica de su cuantía, el Gobierno, en colaboración con las administraciones autonómicas y locales, podrá completar este real decreto con la adopción de otras medidas complementarias a las adoptadas por las administraciones territoriales a las que corresponde la competencia en materia de protección civil.
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